EDUCACIÓN MEDIA
PROFESIONAL Plan de Estudios 2004
Esta propuesta educativa
permite la adquisición de una cultura técnico-tecnológica, con énfasis en lo
operativo, que procura facilitar el tránsito de los jóvenes a la vida laboral, así como
ser co-protagonistas en las transformaciones de las estructuras productivas y del
desarrollo nacional Está destinada a jóvenes que visualizan su horizonte laboral más cercano, ofrece una
estructura curricular flexible y diversificada en distintas orientaciones destinadas a los
diversos sectores de la producción de bienes y servicios.
PERFIL DE INGRESO Jóvenes estudiantes que han culminado la Educación Media Básica en sus diversas
modalidades. Egresados de Formación Profesional Básica (Plan 2007).
DURACIÓN La duración de
estos estudios es de 2 años.
ESTRUCTURA
CURRICULAR La estructura curricular está organizada por espacios y trayectos curriculares.
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Espacio
Curricular de Equivalencia, ha sido pensado como el espacio que permite la
reorientación de los jóvenes que transitan por una edad donde las opciones educativas y
profesionales están aún en proceso de definición, en función de la conformación de la
personalidad y su percepción de auto-imagen en el contexto socio-económico y cultural en
que se desarrollan
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Espacio
Curricular Profesional, define la diferenciación curricular. En este espacio
curricular es donde se desarrollan las Asignaturas de los distintos Trayectos Curriculares
desde la perspectiva de cada orientación, así como, Laboratorios y Talleres propios de
cada especialidad. Atiende específicamente a la formación técnico-profesional,
posibilitando al alumno el dominio de las competencias, destrezas y habilidades requeridas
para el ejercicio laboral.
El Espacio Curricular de
Equivalencia y el Espacio Curricular Profesional conformarán el currículo mínimo con un
total de 30 horas pedagógicas.
El alumno podrá extender
su tiempo pedagógico a través de: Asignaturas, Talleres, Laboratorios o Actividades que se ofrecerán en los Espacios
Curriculares Opcional (hasta 4 horas semanales) y Descentralizado (hasta 2 horas
semanales), siendo 36 horas semanales el máximo de tiempos pedagógicos. En el caso de las Escuelas Agrarias, en virtud de contar con régimen de internado, el
tiempo pedagógico total podrá abarcar hasta 45 horas por semana.
Optar por la realización de Pasantías Curriculares cuya carga horaria no podrá superar
las 20 horas semanales; los períodos máximos de realización de las mismas serán de 4
semanas para la modalidad "no remunerada", pudiendo extenderse hasta 12 semanas
en la modalidad "remunerada". Cuando la diversidad de la experiencia profesional
lo justifique, el alumno podrá optar por realizar hasta un máximo de dos Pasantías
Curriculares en un mismo año lectivo.
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Espacio
Curricular Optativo, tendrá como objetivo ofrecer a los jóvenes un conjunto de
Asignaturas, Laboratorios, Talleres o Actividades, que le permitirá ampliar y
complementar el desarrollo de otras competencias. Es de carácter facultativo y el alumno
podrá optar hasta por cuatro horas semanales. Es un espacio dinámico, cuya oferta
variará en función de las demandas sociales y productivas. Se instrumentará, de acuerdo
con los recursos que disponga el Centro Educativo y con el interés manifestado por los
alumnos.
Profundización Profesional. De acuerdo con cada orientación se ofrecerán Talleres o Laboratorios de
profundización profesional con el objeto de acercar a los alumnos a conocimientos y
técnicas que complementen su formación y faciliten su inserción laboral. Estos
Laboratorios o Talleres podrán ser de carácter modular y se certificará su aprobación
a los efectos que signifique un crédito para el campo laboral.
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Espacio
Curricular Descentralizado, será definido por el centro educativo en función de
las necesidades planteadas por los jóvenes y de las posibilidades de recursos que éste
disponga. Su implementación podrá considerar:
La introducción de
Asignaturas, Laboratorios o Actividades que no hayan sido incluidas en el currículum
prescrito para la orientación.
La introducción de Asignaturas propias de
otra orientación y que permita un mayor grado de equivalencia en la eventualidad de
cambio de orientación.
La introducción de Laboratorios, Talleres
o Prácticas Profesionales propios de la especificidad profesional del centro educativo o
del medio.
Espacios de Recursos facilitadores de los
aprendizajes con apoyo de un Coordinador, a través de una biblioteca actualizada y
recursos multimedia (ERMAs)
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Pasantías Curriculares y
Laborales, El Plan de estudio de la E. M. P. deberá promover la
efectivización del derecho de los alumnos reglamentados a realizar prácticas laborales
de naturaleza técnico-pedagógica, conforme a lo establecido por la Ley 17.230 y sus
reglamentaciones vigentes (Decreto 425/001 y Resolución 31 Acta 60 de Consejo
Directivo Central de
25/09/2001). Las Pasantías Curriculares (remuneradas y no remuneradas) formarán parte
del Espacio Curricular Opcional, siendo su duración máxima la indicada precedentemente.
Asimismo, se promoverá la realización de las Pasantías
Laborales previstas por la Ley 16.873 y por los artículos 620 a
627 de la Ley 17.296. En estos casos, por tratarse de actividades de naturaleza laboral,
los Centros Educativos se limitarán a facilitar estas modalidades de contrataciones
colaborando con los alumnos y empresas interesadas, mediante servicios de información y
gestión de los aspectos formales que les corresponda cumplir en este tipo de contratos.
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Trayectos
Curriculares son los recorridos establecidos a través de distintas asignaturas o
laboratorios que aseguran la formación de competencias fundamentales equivalentes en las
distintas modalidades y orientaciones:
Trayecto
I
(Comunicación y Expresión)
Trayecto II
(Ciencias Naturales y Matemática)
Trayecto III (Ciencias
Sociales)
En la
E. M. P. los trayectos
curriculares no son simétrico, los requerimientos tecnológico generan una demanda
adicional en tiempos pedagógicos en aquellos trayectos que se corresponden con la
orientación.
TITULACIÓN
Operario Calificado o Auxiliar en la
orientación que se corresponda con el sector de la producción de bienes o servicios.
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OPERARIO
CALIFICADO La ocupación de este Operario Calificado o Auxiliar, comprende un gran número
de operaciones complejas, cuya ejecución requiere la iniciativa propia del trabajador
para organizar sus labores y realizarlas con poca supervisión, como también el
conocimiento completo y detallado de los procesos y de las técnicas operativas, capacidad
de juicio y la responsabilidad por productos, materiales y equipos utilizados.
COMPETENCIAS
Las competencias
construidas, desarrolladas y consolidadas durante los tres años posibilitarán al
egresado: Dominar lenguajes, códigos y principios tecnológicos y técnicos-operativos que le
permitan intervenir en sistemas específicos propios de su nivel y orientación. Aplicar conocimientos tecnológicos y técnicos para analizar, colaborar en el
diagnóstico y resolución de los problemas propios de su especialidad. Seleccionar, organizar, relacionar, interpretar datos e informaciones representados de
diferentes formas, para tomar decisiones frente a situaciones problema. Relacionar informaciones y conocimientos disponibles para construir argumentación
consistente y elaborar informes técnicos correspondientes al área de su especialización.
Desempeñar su actividad laboral en forma
individual o en equipo, en forma autónoma o bajo supervisión en ámbitos productivos de
bienes y/o servicios. Trabajar atendiendo las normas de seguridad. Contribuir a gestionar en forma eficiente y eficaz el funcionamiento de la organización
en que se desempeña. Desarrollar la capacidad de adaptarse a los nuevos sistemas productivos a través de la
formación continua. Ejecutar las tareas profesionales asegurando la calidad de los proceso y/o los productos.
ALTERNATIVAS DE
SALIDA
El egresado estará en
condiciones reglamentarias de: a) Ingresar a la vida laboral activa en la especialidad realizada, o b) Ingresar al 2do. año de Educación Media General o Educación Media Tecnológica en la
orientación que corresponda, o c) Ingresar a los Módulos de Especialización que permitan profundizar en la orientación
profesional elegida, o d) Ingresar a Tecnicaturas, en la órbita del C. E. T. P. y en orientaciones que se establezcan
oportunamente, a través de articulaciones que den cuenta de las competencias requeridas
para este perfil de ingreso.
EQUIVALENCIA CON PLANES DE ESTUDIO ANTERIORES
Exp. Nº 1016/05c/914/05c912/05
"...
el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de
Educación Pública, Resuelve:
Aprobar la propuesta elevada por el Consejo de Educación Técnico
Profesional de pasaje horizontal entre los primeros años de la
Educación Media Superior en sus distintos Planes, Modalidades y
Orientaciones:
A)
Reconocer como equivalentes entre sí los siguientes Planes de
Estudio:
a) Formación Profesional Superior (Plan 1998, 2000 y 2002) y
Educación media Profesional (Plan 2004).
b) Bachilleratos Tecnológicos (Plan 1997, 1998, 1999 y 2003) y
Educación Media Tecnológica (Plan 2004).
B)
Establecer que el reconocimiento de equivalencia entre los
mencionados Planes de Estudio tendrá como efecto:
a) el tránsito dentro de una misma orientación entre planes de la
formación profesional (Formación Profesional Superior y Educación
Media Profesional), reconociéndose la equivalencia año a año;
b) el tránsito dentro de una misma orientación entre planes
dirigidos a la formación de bachilleres (Bachilleratos Tecnológicos
y Educación Media Tecnológica), reconociéndose la equivalencia año a
año;
c) el tránsito dentro de una misma área de formación, entre planes
de formación profesional, formación de bachilleres, estableciéndose
que la formación profesional completa equivale al primer año de la
formación de bachilleres tecnológicos o al primer año de los cursos
técnicos DE vestimenta o mecánica naval.
C)
Ampliar la Resolución Nº 6, Acta Nº 47, dictada por el Consejo
Directivo Central en fecha 25/07/1994, declarando la equivalencia
entre el curso de Maquinista Naval Plan 1992 y los Bachilleratos
Generales.
D)
Reconocer la equivalencia entre:
a) los troncos comunes y los espacios de equivalencia de las
diferentes orientaciones de la Formación Profesional Superior y
Educación Media Profesional;
b) los troncos comunes y los espacios de equivalencia de las
diferentes orientaciones de los Bachilleratos Tecnológicos y
Educación Media Tecnológica;
E)
Reconocer la equivalencia entre asignaturas del componente
tecnológico o profesional entre diferentes planes y orientaciones,
previo informe de la Oficina de Reválidas del Programa Planeamiento
Educativo.
F)
Posibilitar la navegabilidad entre subsistemas que atienden la
Educación Media Superior (Consejo de Educación Secundaria y Consejo
de Educación Técnico profesional), permitiendo el tránsito
horizontal y la reválida automática de las asignaturas del tronco
común o espacio de equivalencia de los Bachilleratos Tecnológicos o
Formación Profesional Superior y Educación Media Tecnológica o
Educación Media Profesional respectivamente, para aquellos alumnos
que han cursado y aprobado Bachilleratos Diversificados o Educación
Media General. ..."
Exp. Nº 3853(7)(8)(9)/01 Exp. Nº 1784/01 (2), Acta Nº 150 de fecha 12 de junio de 2003 del Consejo de Educación
Técnico Profesional.
Exp. Nº 5853(26)-01 del
5-2-04
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