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Espacio Curricular Optativo 
Orientaciones
 
 

 

 

EDUCACIÓN MEDIA PROFESIONAL
Plan de Estudios 2004

Esta propuesta educativa permite la adquisición de una cultura técnico-tecnológica, con énfasis en lo operativo, que procura facilitar el tránsito de los jóvenes a la vida laboral, así como ser co-protagonistas en las transformaciones de las estructuras productivas y del desarrollo nacional
Está destinada a jóvenes que visualizan su horizonte laboral más cercano, ofrece una estructura curricular flexible y diversificada en distintas orientaciones destinadas a los diversos sectores de la producción de bienes y servicios.

PERFIL DE INGRESO
Jóvenes estudiantes que han culminado la Educación Media Básica en sus diversas modalidades.
Egresados de Formación Profesional Básica (Plan 2007).

DURACIÓN
La duración de estos estudios es de 2 años.

ESTRUCTURA CURRICULAR
La estructura curricular está organizada por espacios y trayectos curriculares.

  • Espacio Curricular de Equivalencia, ha sido pensado como el espacio que permite la reorientación de los jóvenes que transitan por una edad donde las opciones educativas y profesionales están aún en proceso de definición, en función de la conformación de la personalidad y su percepción de auto-imagen en el contexto socio-económico y cultural en que se desarrollan

  • Espacio Curricular Profesional, define la diferenciación curricular. En este espacio curricular es donde se desarrollan las Asignaturas de los distintos Trayectos Curriculares desde la perspectiva de cada orientación, así como, Laboratorios y Talleres propios de cada especialidad. Atiende específicamente a la formación técnico-profesional, posibilitando al alumno el dominio de las competencias, destrezas y habilidades requeridas para el ejercicio laboral.

El Espacio Curricular de Equivalencia y el Espacio Curricular Profesional conformarán el currículo mínimo con un total de 30 horas pedagógicas.

El alumno podrá extender su tiempo pedagógico a través de:
Asignaturas, Talleres, Laboratorios o Actividades que se ofrecerán en los Espacios Curriculares Opcional (hasta 4 horas semanales) y Descentralizado (hasta 2 horas semanales), siendo 36 horas semanales el máximo de tiempos pedagógicos.
En el caso de las Escuelas Agrarias, en virtud de contar con régimen de internado, el tiempo pedagógico total podrá abarcar hasta 45 horas por semana.

Optar por la realización de Pasantías Curriculares cuya carga horaria no podrá superar las 20 horas semanales; los períodos máximos de realización de las mismas serán de 4 semanas para la modalidad "no remunerada", pudiendo extenderse hasta 12 semanas en la modalidad "remunerada". Cuando la diversidad de la experiencia profesional lo justifique, el alumno podrá optar por realizar hasta un máximo de dos Pasantías Curriculares en un mismo año lectivo.

  • Espacio Curricular Optativo, tendrá como objetivo ofrecer a los jóvenes un conjunto de Asignaturas, Laboratorios, Talleres o Actividades, que le permitirá ampliar y complementar el desarrollo de otras competencias. Es de carácter facultativo y el alumno podrá optar hasta por cuatro horas semanales. Es un espacio dinámico, cuya oferta variará en función de las demandas sociales y productivas. Se instrumentará, de acuerdo con los recursos que disponga el Centro Educativo y con el interés manifestado por los alumnos.

Profundización Profesional. De acuerdo con cada orientación se ofrecerán Talleres o Laboratorios de profundización profesional con el objeto de acercar a los alumnos a conocimientos y técnicas que complementen su formación y faciliten su inserción laboral. Estos Laboratorios o Talleres podrán ser de carácter modular y se certificará su aprobación a los efectos que signifique un crédito para el campo laboral.

  • Espacio Curricular Descentralizado, será definido por el centro educativo en función de las necesidades planteadas por los jóvenes y de las posibilidades de recursos que éste disponga. Su implementación podrá considerar:

    La introducción de Asignaturas, Laboratorios o Actividades que no hayan sido incluidas en el currículum prescrito para la orientación.

    La introducción de Asignaturas propias de otra orientación y que permita un mayor grado de equivalencia en la eventualidad de cambio de orientación.

    La introducción de Laboratorios, Talleres o Prácticas Profesionales propios de la especificidad profesional del centro educativo o del medio.

    Espacios de Recursos facilitadores de los aprendizajes con apoyo de un Coordinador, a través de una biblioteca actualizada y recursos multimedia (ERMAs)

  • Pasantías Curriculares y Laborales, El Plan de estudio de la E. M. P.  deberá promover la efectivización del derecho de los alumnos reglamentados a realizar prácticas laborales de naturaleza técnico-pedagógica, conforme a lo establecido por la Ley 17.230 y sus reglamentaciones vigentes (Decreto 425/001 y Resolución 31 Acta 60 de Consejo Directivo Central de 25/09/2001). Las Pasantías Curriculares (remuneradas y no remuneradas) formarán parte del Espacio Curricular Opcional, siendo su duración máxima la indicada precedentemente. Asimismo, se promoverá la realización de las Pasantías Laborales previstas por la Ley 16.873 y por los artículos 620 a 627 de la Ley 17.296. En estos casos, por tratarse de actividades de naturaleza laboral, los Centros Educativos se limitarán a facilitar estas modalidades de contrataciones colaborando con los alumnos y empresas interesadas, mediante servicios de información y gestión de los aspectos formales que les corresponda cumplir en este tipo de contratos.

  • Trayectos Curriculares son los recorridos establecidos a través de distintas asignaturas o laboratorios que aseguran la formación de competencias fundamentales equivalentes en las distintas modalidades y orientaciones:

  • Trayecto   I (Comunicación y Expresión)

    Trayecto  II (Ciencias Naturales y Matemática)

    Trayecto III (Ciencias Sociales)

En la E. M. P. los trayectos curriculares no son simétrico, los  requerimientos tecnológico generan una demanda adicional en tiempos pedagógicos en aquellos trayectos que se corresponden con la orientación.

TITULACIÓN
Operario Calificado o Auxiliar en la orientación que se corresponda con el sector de la producción de bienes o servicios.

  • OPERARIO CALIFICADO
    La ocupación de este Operario Calificado o Auxiliar, comprende un gran número de operaciones complejas, cuya ejecución requiere la iniciativa propia del trabajador para organizar sus labores y realizarlas con poca supervisión, como también el conocimiento completo y detallado de los procesos y de las técnicas operativas, capacidad de juicio y la responsabilidad por productos, materiales y equipos utilizados.

COMPETENCIAS

Las competencias construidas, desarrolladas y consolidadas durante los tres años posibilitarán al egresado:
Dominar lenguajes, códigos y principios tecnológicos y técnicos-operativos que le permitan intervenir en sistemas específicos propios de su nivel y orientación.
Aplicar conocimientos tecnológicos y técnicos para analizar, colaborar en el diagnóstico y resolución de los problemas propios de su especialidad.
Seleccionar, organizar, relacionar, interpretar datos e informaciones representados de diferentes formas, para tomar decisiones frente a situaciones problema.
Relacionar informaciones y conocimientos disponibles para construir argumentación consistente y elaborar informes técnicos correspondientes al área de su especialización
.
Desempeñar su actividad laboral en forma individual o en equipo, en forma autónoma o bajo supervisión en ámbitos productivos de bienes y/o servicios.
Trabajar atendiendo las normas de seguridad.
Contribuir a gestionar en forma eficiente y eficaz el funcionamiento de la organización en que se desempeña.
Desarrollar la capacidad de adaptarse a los nuevos sistemas productivos a través de la formación continua.
Ejecutar las tareas profesionales asegurando la calidad de los proceso y/o los productos.

ALTERNATIVAS DE SALIDA

El egresado estará en condiciones reglamentarias de:
a) Ingresar a la vida laboral activa en la especialidad realizada, o
b) Ingresar al 2do. año de Educación Media General o Educación Media Tecnológica en la   orientación que corresponda, o
c) Ingresar a los Módulos de Especialización que permitan profundizar en la orientación profesional elegida, o
d) Ingresar a Tecnicaturas, en la órbita del C. E. T. P. y en orientaciones que se establezcan oportunamente, a través de articulaciones que den cuenta de las competencias requeridas para este perfil de ingreso.

EQUIVALENCIA CON PLANES DE ESTUDIO ANTERIORES
Exp. Nº 1016/05c/914/05c912/05

"... el Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, Resuelve:

Aprobar la propuesta elevada por el Consejo de Educación Técnico Profesional de pasaje horizontal entre los primeros años de la Educación Media Superior en sus distintos Planes, Modalidades y Orientaciones:

A) Reconocer como equivalentes entre sí los siguientes Planes de Estudio:
a) Formación Profesional Superior (Plan 1998, 2000 y 2002) y Educación media Profesional (Plan 2004).
b) Bachilleratos Tecnológicos (Plan 1997, 1998, 1999 y 2003) y Educación Media Tecnológica (Plan 2004).

B) Establecer que el reconocimiento de equivalencia entre los mencionados Planes de Estudio tendrá como efecto:
a) el tránsito dentro de una misma orientación entre planes de la formación profesional (Formación Profesional Superior y Educación Media Profesional), reconociéndose la equivalencia año a año;
b) el tránsito dentro de una misma orientación entre planes dirigidos a la formación de bachilleres (Bachilleratos Tecnológicos y Educación Media Tecnológica), reconociéndose la equivalencia año a año;
c) el tránsito dentro de una misma área de formación, entre planes de formación profesional, formación de bachilleres, estableciéndose que la formación profesional completa equivale al primer año de la formación de bachilleres tecnológicos o al primer año de los cursos técnicos DE vestimenta o mecánica naval.

C) Ampliar la Resolución Nº 6, Acta Nº 47, dictada por el Consejo Directivo Central en fecha 25/07/1994, declarando la equivalencia entre el curso de Maquinista Naval Plan 1992 y los Bachilleratos Generales.

D) Reconocer la equivalencia entre:
a) los troncos comunes y los espacios de equivalencia de las diferentes orientaciones de la Formación Profesional Superior y Educación Media Profesional;
b) los troncos comunes y los espacios de equivalencia de las diferentes orientaciones de los Bachilleratos Tecnológicos y Educación Media Tecnológica;

E) Reconocer la equivalencia entre asignaturas del componente tecnológico o profesional entre diferentes planes y orientaciones, previo informe de la Oficina de Reválidas del Programa Planeamiento Educativo.

F) Posibilitar la navegabilidad entre subsistemas que atienden la Educación Media Superior (Consejo de Educación Secundaria y Consejo de Educación Técnico profesional), permitiendo el tránsito horizontal y la reválida automática de las asignaturas del tronco común o espacio de equivalencia de los Bachilleratos Tecnológicos o Formación Profesional Superior y Educación Media Tecnológica o Educación Media Profesional respectivamente, para aquellos alumnos que han cursado y aprobado Bachilleratos Diversificados o Educación Media General. ..."

 


Exp. Nº 3853(7)(8)(9)/01
Exp. Nº 1784/01 (2), Acta Nº 150 de fecha 12 de junio de 2003 del Consejo de Educación Técnico Profesional.

Exp. Nº 5853(26)-01 del 5-2-04